Además, esa excepcional norma —que no se da en ningún otro tipo de palabras— solo opera cuando el artículo antecede inmediatamente al sustantivo, pero si entre el artículo y el sustantivo se interpone otra palabra, la regla queda sin efecto y cualquier palabra que se refiera al sustantivo que comienza por /a/ tónica deberá emplearse en su forma femenina; y también cuando el artículo se encuentra ante un adjetivo (la árida llanura, no *el árida llanura). También, al tratarse de sustantivos femeninos, deben usarse en relación a ellos siempre las formas femeninas correspondientes con los demostrativos este, ese, aquel o con cualquier otro adjetivo determinativo, como todo, mucho, poco, otro, etcétera.
esta hacha
aquella misma arma
toda el agua
mucha hambre
Resumiendo:
Las únicas palabras que pueden (aunque es mejor no hacerlo, quizá en el caso de la > el, que está mucho más extendido) cambiarse de género en referencia a palabras que empiezan por /a/ tónica son la, una, alguna y ninguna. El resto deben emplearse en todos los casos en sus formas correspondientes, coherentes y concordantes.
Este cambio solo puede producirse si tales palabras son contiguas; es decir, si la palabra alterada se encuentra justo delante de la palabra con /a/ tónica, y se trata de un sustantivo y no de un adjetivo. Si no están juntas, es incorrecto emplear cualquier forma que carezca de la concordancia normal y adecuada.
Ya que aún y aun hoy el conocimiento lingüístico mayoritario lamentablemente es superficial y poco extenso y esta tradición no tiene beneficios reales pero sí inconvenientes considerables, lo que se propone para evitar estos errores es tratar estos términos como al resto de palabras del léxico español, con la concordancia que les corresponde en realidad, a modo de proceso paulatino —ya que requiere tiempo para llevarse a cabo con éxito— de modernización y simplificación y en pos de una mayor y mejor coherencia y sencillez.
Última edición: 14 de agosto de 2013.
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